Comunicados de prensa

La Científica renueva su normativa para sancionar la compra y venta de autorías en investigaciones y tesis

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La investigación científica es una de las actividades más importantes para el desarrollo del país. Por ello, la Universidad Científica del Sur, en conformidad con la Ley Universitaria vigente y ratificando su compromiso con la educación e investigación de calidad, ha renovado su normativa para sancionar la compra y venta de tesis, trabajos de investigación, artículos científicos, libros y patentes.

Esta actualización de la normativa, impulsada por la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación (DGIDI), tiene el objetivo de garantizar el cumplimiento de dos de los principios éticos que rigen la investigación: la honestidad y la responsabilidad.

La norma entró en vigor el día 12 de enero y complementa lo dispuesto por otros documentos reglamentarios de la DGIDI. Asimismo, está alineada al Reglamento del Registro Nacional de Trabajos conducentes a Grados y Títulos (Renati) de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) y al Código de Ética en la Investigación de esta casa de estudios.

La resolución consta de cuatro artículos donde se tipifica a la compra o venta de autorías como sancionable en la institución, las consecuencias para quien lo comete, lo que sucedería con la tesis o artículo detectado y finalmente la compatibilización de normas institucionales con ello.

El primer artículo declara que la compra o venta de autorías de los diferentes trabajos de investigación es considerada una falta muy grave y, en caso se demuestre el acto mediante un proceso de indagación según los lineamientos institucionales, tendría como consecuencia una sanción que puede incluir la separación definitiva de la universidad.

El segundo y tercer artículo disponen la retractación o retiro de la filiación a la universidad de las tesis publicadas en el repositorio institucional y de los artículos publicados en revistas científicas. Asimismo, establece la notificación de la falta a Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el caso de patentes, y a Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), en el caso de tesis conducentes a grados académicos o títulos profesionales.

“Para poder sancionar una falta tan grave como la compra o venta de autorías en tesis, artículos, patentes o libros, es necesario que este tipificada como tal y en forma expresa en la normativa institucional, por ello el primer paso es esta resolución. El siguiente viene con la compatibilización de todas las normas institucionales, además de una campaña de comunicación a estudiantes, docentes, administrativos e investigadores para el semestre 2024-1”.

Múltiples medidas

En octubre pasado, la Científica implementó un sistema de registro de propuestas de investigación que complementa los registros previos para tener un seguimiento completo de las actividades de investigación dentro de la institución, y evitar casos de compra o venta de artículos. Este cambio implicaba actualizar las normas vinculadas para incluir la obligatoriedad que toda investigación debe estar institucionalizada a través de los registros.

La actualización de la normativa converge con una serie de medidas que la DGIDI ha implementado para la mejora de la promoción y gestión de la investigación científica en la institución. Estas políticas están relacionadas, sobre todo, a la bonificación a la producción científica y al pago de derechos de publicación.

Lo primero es que reafirma que, para obtener cualquier apoyo de la Universidad para un proyecto de investigación o reportar el uso de horas de investigación, este debió haber sido previamente registrado en la universidad. 

Se destaca, por ejemplo, que, ante la sospecha de compra de autorías o autoría regaladas, se solicitará al docente o investigador la evidencia de su participación.

En el caso de multifiliación, esta no se prohíbe pues en la investigación en salud, donde la universidad destaca, los investigadores tienen vínculo con hospitales y clínicas donde suelen ejecutar los estudios y sería incorrecto suprimir el aporte de esas instituciones. Pero se precisa que el trabajador de la Universidad solo podrá recibir el incentivo económico si la filiación de la Universidad Científica del Sur es la primera o única.

Por otro lado, hay un cambio con los Proceeding papers. Luego de un análisis de la citación y calidad de los documentos ya publicados, se establece que solo aquellos que hayan sido revisados por pares y estén disponibles en el Conference Proceeding Citation Index de WOS tendrán una bonificación similar a los artículos de investigación, pero los Proceeding papers indizados en Scopus tendrán una bonificación similar a documentos sin resumen.

Y, en los casos específicos de los artículos publicados en las revistas de las editoriales MDPI y Frontiers, que han sido cuestionadas recientemente, se solicitará siempre la evidencia de revisión por pares tanto para acceder al apoyo para pago de derechos de publicación como de una posible bonificación.

De este modo, la Científica reafirma su compromiso con la investigación científica de calidad y ética en la investigación, como una de las universidades con mayor producción intelectual del país.

Documentos actualizados:

  1. Resolución que norma las acciones a realizar ante casos de compra o venta de tesis, artículos científicos, patentes o libros
  2. Lineamiento – Asignación y verificación de horas de investigación
  3. Lineamiento – Pago por derechos de publicación en revistas indizadas
  4. Lineamiento – Asignación de bonificación a la producción científica
Investigadores:

Percy Mayta-Tristán

Contacto de prensa:
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kramirezp@cientifica.pe